Cómo se consigue la cualificación que pide la norma
La norma pide tener acreditada la cualificación SEA757_2. Se llega en dos pasos, y el primero lo tienes aquí.
- 1Este curso: 360 h · 6 meses para completarlo online, a tu ritmo. Al superarlo te llevas el certificado de aprovechamiento y el informe de formación realizada.
- 2El procedimiento de acreditación de competencias de tu comunidad autónoma (en la Comunitat Valenciana se llama Acredita). Te presentas con esos documentos y, si la tienes, con tu experiencia, y es la administración quien reconoce la cualificación.
No es el certificado de profesionalidad: ese se cursa en un centro autorizado, con plazas limitadas y el calendario de cada convocatoria. Aquí empiezas hoy, online y por 200,00 €. Más detalle en las preguntas frecuentes.
⚠️ Lo que dice la normativa
QUÉ EXIGE LA NORMA Y DESDE CUÁNDO. La disposición adicional tercera del RD 742/2013 —introducida por el RD 3/2023— obliga a que el personal que realiza el mantenimiento higiénico-sanitario de piscinas acredite la cualificación profesional SEA757_2. La fecha con la que trabaja el sector es el 2 de enero de 2027, tras el acuerdo de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del 10 de octubre de 2025, que amplió un año el plazo original con carácter excepcional y transitorio. Conviene saber que ese acuerdo no se ha incorporado todavía al texto publicado en el BOE, que sigue diciendo «antes del 2 de enero de 2026»: por eso lo prudente es no apurar.
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CÓMO SE CONSIGUE. Haciendo la formación y presentándose después al procedimiento de acreditación de competencias de la comunidad autónoma (en la Comunitat Valenciana, el Acredita), que es la vía por la que la administración reconoce las unidades de competencia de una cualificación a partir de la experiencia laboral y de la formación. Este curso es la formación: 360 horas con los contenidos de los tres módulos de la SEA757_2 y, al terminar, un certificado de aprovechamiento y un informe de formación con los que presentarte. El otro camino es el certificado profesional oficial (SEA_C_006_4B, RD 1157/2024), que imparten centros autorizados por la administración. Los requisitos de cada convocatoria de acreditación los fija y los comprueba cada comunidad.
DE QUIÉN ES LA RESPONSABILIDAD. Subcontratar el mantenimiento no la traslada. La disposición adicional tercera alcanza expresamente al personal de las empresas de servicio a terceros, y el art. 4 del RD 742/2013 mantiene las obligaciones en el titular de la instalación, como también hace la normativa de piscinas de cada comunidad (en la Comunitat Valenciana, el art. 3 del Decreto 85/2018 del Consell). Lo razonable es pedirle por escrito a tu proveedor la acreditación de su personal y guardarla.
QUÉ CONSECUENCIAS TIENE. El art. 16 del RD 742/2013 remite al régimen sancionador de la Ley 33/2011: los incumplimientos formales sin trascendencia directa para la salud pueden calificarse como infracción leve, con multa de hasta 3.000 € (arts. 57 y 58.1.c). No es automático ni es una amenaza: la calificación la hace el instructor atendiendo al riesgo generado, la intencionalidad y la reincidencia, y el expediente lo tramita la comunidad autónoma, que aplica además su propia ley de salud (en la Comunitat Valenciana, la Ley 10/2014).
Dos formas de hacerlo
O lo pagas y empiezas hoy mismo, o lo bonifica tu empresa y lo montamos contigo.
Pago y empiezo hoy
Pagas aquí mismo y quedas matriculado al momento: las claves del aula virtual te llegan al correo en cuanto se confirma el pago, sin esperar a nadie. Precio cerrado: las 360 h, el tutor, el examen final y los dos documentos para presentar. Las tasas del procedimiento de acreditación, si tu comunidad las cobra, las fija la administración.
Formación bonificada
Aquí no ponemos precio de antemano: lo que puedas bonificar depende del crédito de formación de tu empresa, y eso se mira caso por caso. Nos dices cuántos trabajadores vais a formar, te preparamos el convenio de adhesión, lo firmáis y nosotros tramitamos la bonificación. La matrícula se hace cuando el convenio está firmado, no antes.
Elijas la que elijas, empiezas por el mismo formulario de abajo. 👇
Cómo se organiza
Todo online: te matriculas cuando quieras y entras desde el móvil o el ordenador.
- 1Te damos de alta en el aula virtual y recibes tus claves al momento
- 211 temas con sus autoevaluaciones · avanzas cuando tú quieras
- 3Examen final y, al superarlo, tu certificado de 360 horas
Qué incluye
Sin sorpresas: el precio lo cubre todo, desde la matrícula hasta tu certificado de aprovechamiento y tu informe de formación.
- 360 horas completas, con los contenidos de los tres módulos de la cualificación SEA757_2
- Certificado de aprovechamiento e informe de formación para presentar en tu comunidad
- Aula virtual propia, abierta 24 horas y también desde el móvil
- Tutor de verdad y control de tiempos válido para FUNDAE
- Empiezas cuando quieras y paras cuando quieras: seis meses para terminarlo
- El convenio de adhesión y toda la bonificación los tramitamos nosotros
Matricúlate
Dos minutos. Si pagas, entras hoy. Si lo bonificas, no pagas nada ahora: nos dejas los datos del convenio y lo estudiamos contigo.
¿Prefieres preguntar antes de matricularte? Escríbenos por WhatsApp y te contestamos.
Contenidos del curso
11 temas, los del programa del curso.
- La piscina y sus instalaciones: tipos y elementos
- El agua: características físicas, químicas y microbiológicas
- Tratamiento del agua: filtración y recirculación
- Desinfección y productos químicos
- Control analítico del agua y registros obligatorios
- Mantenimiento de los equipos e instalaciones
- Limpieza y desinfección del vaso y las zonas comunes
- Legionella y otros riesgos sanitarios
- Seguridad, socorrismo y prevención de accidentes
- Prevención de riesgos laborales en el mantenimiento
- Documentación, autocontroles y trato con la inspección
Preguntas frecuentes
¿Qué tengo que hacer exactamente para cumplir?
Dos pasos. Primero, la formación: este curso, 360 horas con los contenidos de los tres módulos de la cualificación SEA757_2. Y segundo, presentarte con esa formación al procedimiento de acreditación de competencias de tu comunidad autónoma (en la Comunitat Valenciana se llama Acredita), que es donde la administración reconoce la cualificación contando tu experiencia y tu formación. Nosotros ponemos la formación y los documentos que la justifican; la acreditación la concede la administración.
¿Esto es el certificado de profesionalidad?
No, y no lo sustituye. Para tener la cualificación que pide la norma hay dos caminos. Uno es el certificado profesional oficial, el SEA_C_006_4B que regula el RD 1157/2024, que se cursa en centros autorizados por la administración con las plazas y el calendario de cada convocatoria. El otro es el procedimiento de acreditación de competencias de tu comunidad autónoma, que reconoce la experiencia y la formación que ya tienes: para ese camino es este curso, online, a tu ritmo y por 200 €. Si alguien te vende un curso privado diciendo que «es» el certificado profesional, desconfía.
¿Qué me dais para presentar?
Al superar el curso, dos documentos: el certificado de aprovechamiento, con las 360 horas, los contenidos y un código de verificación, y el informe de formación realizada, que desglosa el programa tema a tema con su carga lectiva y el resultado de cada evaluación. Es lo que se aporta como formación en el procedimiento de acreditación. La documentación exacta que pide cada convocatoria la fija tu comunidad autónoma.
¿Cuánto cuesta?
Hay dos caminos. Si lo pagas tú, son 200 € y quedas matriculado en el momento: las claves del aula virtual te llegan al correo en cuanto se confirma el pago. Si lo bonifica tu empresa, no hay precio cerrado de antemano: miramos su crédito de formación, os preparamos el convenio de adhesión, lo firmáis y entonces se matricula. Preferimos estudiar cada caso antes que prometer un cero que luego no sale.
Si lo bonifico, ¿me sale a 0 € o no?
Depende de tu crédito de formación. La acción es bonificable con cargo al crédito que genera tu empresa por las cotizaciones de sus trabajadores, pero ese crédito tiene tope: las empresas de 1 a 5 trabajadores tienen un mínimo garantizado de 420 € al año, los autónomos sin trabajadores no generan crédito y desde 6 trabajadores hay cofinanciación privada obligatoria (5 % de 6 a 9, 10 % de 10 a 49, 20 % de 50 a 249 y 40 % a partir de 250). Lo consultamos antes de matricular y te decimos la cifra exacta, no una promesa.
Mi mantenedor lleva años haciendo esto. ¿No le vale la experiencia?
La experiencia cuenta, y mucho, pero hay que acreditarla: para eso está el procedimiento de acreditación de competencias, que convoca y resuelve cada comunidad autónoma. En la Comunitat Valenciana está abierto de manera permanente para la cualificación SEA757_2, y otras comunidades, como Andalucía, ya han informado del suyo: pregunta en la tuya. Ahí se valoran a la vez la experiencia laboral y la formación, y por eso lo habitual es presentarse con las dos cosas. Si por tu caso te bastara con la experiencia, te lo diremos aunque signifique no venderte el curso.
La piscina la lleva una empresa externa. ¿Esto va conmigo?
Va contigo. La disposición adicional tercera del RD 742/2013 alcanza expresamente al personal de las empresas de servicio a terceros, y el art. 4 del RD 742/2013 mantiene las obligaciones en el titular de la instalación, como también hace la normativa de piscinas de cada comunidad (en la Comunitat Valenciana, el art. 3 del Decreto 85/2018 del Consell). Lo razonable es pedir por escrito a tu proveedor la acreditación de su personal y guardarla.
¿La fecha es 2026 o 2027?
El texto publicado en el BOE dice «antes del 2 de enero de 2026». La Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial acordó el 10 de octubre de 2025 ampliar el plazo un año, hasta el 2 de enero de 2027, con carácter excepcional y transitorio, y esa es la fecha con la que trabaja el sector; pero ese acuerdo no se ha publicado como norma en el BOE. Traducido: tienes margen, y aun así no conviene apurarlo, porque la fecha que figura en el texto legal ya ha pasado.
¿Con esto cubro también la formación de legionela?
No. La legionelosis se rige por el RD 487/2022 y su cualificación es la SEA492_2, distinta de la SEA757_2 que cubre este curso. Además, no todas las piscinas son instalación de riesgo a efectos de esa norma: el Anexo I exige que concurran agua climatizada o a 24 ºC o más y, acumulativamente, aerosolización (chorros de alta velocidad, inyección de aire, juegos de agua, setas, cortinas, cascadas, spas). Si tienes spa o juegos de agua, cuéntanoslo y lo miramos aparte.
¿Lo bonifica tu empresa?
Para bonificarlo hay que firmar el convenio de adhesión. Puedes dejarnos los datos de la empresa aquí y nosotros nos encargamos del resto.